
El Tribunal Provincial Popular de Holguín realizó un juicio oral “ejemplarizante” contra un cubano acusado de tráfico de drogas en el municipio de Cueto, en un proceso vinculado a la Causa 86 de 2025.
La decisión fue condenarlo a ocho años de prisión por comercialización ilícita de marihuana y Tramadol, según informó la Sala Tercera de lo Penal al amparo de la Circular 206 de 2003 del Tribunal Supremo Popular de Cuba.
De acuerdo con la información oficial, el acusado no contaba con autorización legal y, desde hacía algún tiempo, se dedicaba a la venta ilegal de drogas en el oriental municipio de Cueto. Por esa razón, era objeto de control y seguimiento por parte de oficiales de la Dirección Nacional Antidrogas del territorio.
El caso fue investigado dentro del Expediente Proceso Investigativo número 71 de 2025, identificado como “Fantasma”, que fue abierto el 14 de enero de 2025. En esa investigación, las autoridades lo señalaron como el principal expendedor de estupefacientes en el territorio.
La versión presentada en el juicio sostiene que el hombre obtuvo, en circunstancias no precisadas, droga de la especie Cannabis Sativa L. ssp Indica, conocida como marihuana, además del medicamento controlado Tramadol. Ambos productos habrían sido colocados dentro de un frasco blanco de ese fármaco.
Ese frasco, siempre según la acusación, fue escondido en el patio de la vivienda de su madre, residente en Cueto. A partir de esa información, oficiales del Ministerio del Interior realizaron un registro domiciliario para comprobar los datos obtenidos durante la investigación.
Durante el registro, los agentes localizaron el frasco en el lateral derecho del inmueble, oculto entre la cerca y la pared. En su interior encontraron siete envoltorios de nylon en forma de buches o bombones, con picaduras vegetales verde-marrón y semillas, además de una cápsula plástica con Tramadol.
El tribunal precisó que la sustancia vegetal ocupada tuvo un peso neto total de seis gramos y que correspondía a marihuana. También indicó que la cápsula del medicamento controlado Tramadol tenía un peso de 0.66 gramos.
Las autoridades judiciales señalaron que el proceso se desarrolló con respeto a las garantías jurídicas y procesales establecidas en la legislación penal y procesal vigente en Cuba. No obstante, calificaron el acto como un juicio “ejemplarizante”, en línea con la política oficial aplicada en este tipo de causas.
El acusado fue sancionado como autor del delito de tráfico de drogas, previsto y castigado en el artículo 235.1 a) de la Ley 151 de 2022, correspondiente al Código Penal vigente. Para fijar la pena, el tribunal tomó en cuenta la circunstancia de reincidencia recogida en el artículo 82.1.3 a).
Además de los ocho años de privación de libertad, se establecieron como sanciones accesorias la privación de derechos prevista en el artículo 42.1 a), b), c) y d), así como la prohibición de salida del territorio nacional por igual término de ocho años, de acuerdo con la propia Ley 151 de 2022.

