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Periódico Cubano

¿Cubanos liberados con un I-220A pueden aplicar a la Ley de Ajuste Cubano?

ESTADOS UNIDOS

¿Cubanos liberados con un I-220A pueden aplicar a la Ley de Ajuste Cubano?

Usted puede visitar el portal web de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración para conocer si su caso está en corte o no

¿Tienes un I-220A Te interesa saber esto

Abogados del bufete Ponton Law explican a los lectores de Periódico Cubano el procedimiento para los que cuentan con una I-220A. (Captura de pantalla: Periódico Cubano – YouTube)

Muchos cubanos que cruzaron la frontera sur de Estados Unidos en meses recientes fueron liberados por los oficiales de la Patrulla Fronteriza bajo palabra o con un I-220A.

¿Quién tiene la autoridad o jurisdicción para decidir sobre su posterior aplicación a la Ley de Ajuste Cubano? Eso depende de quién tenga su caso. Por ejemplo, si su caso está en la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR, por sus siglas en inglés), lo que se conoce como corte de inmigración, será un juez de esa instancia el encargado de legislar.

Por otra parte, independientemente de si su entrada fue regular o irregular, y su caso no está en la corte, quien va a tener la jurisdicción o la autoridad para decidir sobre su aplicación es el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EEUU (USCIS, por sus siglas en inglés).

Para conocer si su caso ha sido remitido a una corte de inmigración puede acceder aquí e introducir su número de registro de extranjero. El número de registro de extranjero comienza con la letra «A», seguido por un número de ocho o nueve dígitos.

Si su número de registro de extranjero tiene nueve números, introduzca esos números. Si su número de registro de extranjero tiene solamente ocho números, por favor marque el cero (0) primero, seguido por los ocho números. No marque la letra “A”.

Si usted es cubano y fue liberado con el documento I-220A u otro tipo de liberación, los abogados están haciendo la aplicación de residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano, acompañando esta aplicación por un escrito legal donde se alegan las razones por las que este documento de liberación es equiparable a un parole.

El tema de si el I-220A u otro documento de liberación es equiparable a un parole todavía no está uniformemente decidido, por eso se requiere la asistencia de un abogado que arme el caso con todos los argumentos basado en su experiencia.

Estos trámites se hacen siempre y cuando el caso no haya sido remitido a corte. El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) no registra todos los casos de I-220A a corte.

Si usted no aparece, quiere decir que no ha sido registrado en la corte y que por fortuna no está en proceso de deportación y será más fácil para el abogado presentar un caso para equiparar el I-220A a un parole y optar por la Ley de Ajuste Cubano al año y un día de su entrada a EEUU.

Para estos procesos usted puede contactar a Anabel Fernández y Juan Carlos Pazmino Ponton. Son abogados expertos en inmigración, cuyo bufete Ponton Law, P.A. está ubicado en la 410 S. Ware Blvd, Suite 800, Tampa, FL 33619. Teléfono: 813 291 3755.

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