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Unión Europea elimina el uso de mascarillas dentro de aeropuerto y aviones

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Unión Europea elimina el uso de mascarillas dentro de aeropuerto y aviones

Los expertos en salud advierten que los viajeros pueden seguir usando mascarillas de forma voluntaria

Unión Europea elimina el uso de mascarillas dentro de aeropuerto y aviones

El uso de nasobuco será opcional desde la próxima semana en aeropuertos europeos. (Foto: Periódico Cubano)

A partir del lunes 16 de mayo ya no será obligatorio el uso de mascarillas en los aeropuertos y aviones de los países que componen la Unión Europea (UE), según una resolución del bloque comunitario que tuvo en cuenta los bajos niveles de contagio de coronavirus que desde hace semanas se registran.

De acuerdo con la Agencia de Seguridad Aérea de la Unión Europea, la decisión tomada por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades en Europa marcaría “un gran paso adelante en la normalización de los viajes aéreos”.

El informe oficial tuvo en cuenta los “últimos desarrollos en la pandemia, en particular los niveles de vacunación y la inmunidad adquirida de forma natural, y el consiguiente levantamiento de las restricciones en un número creciente de países europeos”.

No obstante, el organismo advirtió que el fin de la obligatoriedad de portar mascarillas es opcional, por lo tanto, “los pasajeros deben comportarse de manera responsable y respetar las elecciones de quienes los rodean”. Asimismo, la agencia reguladora recomendó que “un pasajero que esté tosiendo y estornudando debería considerar seriamente usar una máscara facial, para tranquilidad de los que están sentados cerca”.

Otra de las recomendaciones es que las aerolíneas mantengan sistemas para recopilar información sanitaria y de localización de pasajeros en caso de que se necesiten en el futuro, por ejemplo, si surge una nueva variante peligrosa. Ello sería útil en el estudio de contacto.

España mantiene vigente las restricciones temporales de viajes no imprescindibles

El fin del uso de las mascarillas en aviones y aeropuertos contrasta con la decisión del Gobierno de España de mantener las restricciones temporales de viajes no imprescindibles. La más reciente prórroga a este mandato fue anunciada el pasado 29 de abril con vigencia hasta el 30 de mayo.

La disposición oficial aplica una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen, por razones de orden público y salud, debido a la COVID-19.

El comunicado precisa que solo podrán viajar a España las personas que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:

  • Residentes en España o en Andorra
  • Ciudadanos españoles y su cónyuge o pareja con la que mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, y aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con este.
  • Personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
  • Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.
  • Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.

Analistas esperan que cuando venza el actual mandato, es decir, el 30 de mayo, no sea renovado como ha venido pasando en los últimos 26 meses.

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