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Anteproyecto del Código de Familia en Cuba incluye el matrimonio igualitario

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Anteproyecto del Código de Familia en Cuba incluye el matrimonio igualitario

La violencia familiar es otro asunto relevante incluido en el texto

Anteproyecto del Código de Familia en Cuba incluye el matrimonio igualitario

Anteproyecto del Código de Familia en Cuba incluye el matrimonio igualitario. (Foto: Periódico Cubano)

El esperado Código de Familia, que lleva varios años discutiéndose por una comisión de la Asamblea Nacional del Poder Popular en Cuba, fue finalmente presentado en su versión de anteproyecto, según destacan los principales medios de prensa oficialistas.

Entre las características más destacadas del texto figura la oficialización del matrimonio entre personas del mismo sexo y la posibilidad de que estas parejas adopten. Ambas cuestiones son viejos reclamos de la comunidad LGBTI cubana, pero al mismo tiempo son los aspectos más criticados por los más conservadores, incluidos los miembros de denominaciones religiosas.

De esta forma el Código de Familia, que deberá ser aprobado por la mayoría de los 605 diputados del parlamento cubano, reconocerá como un derecho -amparado en la ley- a “la unión voluntariamente concertada de dos personas con aptitud legal para ello, a fin de hacer vida en común, sobre la base del afecto y el amor”.

En opinión de Óscar Silveira Martínez, ministro de Justicia y miembro de la Comisión que elaboró el documento en la Asamblea Nacional, la versión del texto -la número 22- “es coherente con el texto constitucional. Desarrolla y actualiza las diversas instituciones jurídico-familiares en correspondencia con el carácter humanista de nuestro proceso social”.

Silveira añadió que el documento se hace de conocimiento público para tomar en consideración las opiniones de la población. “La posibilidad de estudiar este anteproyecto es imprescindible en el camino del diálogo colectivo con vistas a la aprobación de una ley contemporánea, inclusiva y respetuosa de todos los derechos para todas las familias”, acotó.

La publicación del anteproyecto llega solo un día después de que el Ministerio de Educación reconociera que no podrá implementar el “Programa de educación integral en sexualidad con enfoque de género y derechos sexuales y reproductivos” tal y como estaba previsto en la Resolución 16/2021.

El motivo es la falta de “recursos económicos” que ha impedido “garantizar la producción de libros de textos, planes, programas, orientaciones metodológicas y cuadernos de trabajo” que contengan los nuevos contenidos aprobados hace más de 6 meses.

Tanto el tema del matrimonio igualitario como la adopción en el Código de Familia y el nuevo enfoque en la enseñanza cubana han enfrentado un fuerte rechazo de la comunidad religiosa en Cuba.

Violencia familiar, otro asunto relevante incluido en el Código de Familia

Otro tema importante del Código de Familia es el referido a la violencia familiar que está contenido bajo el acápite de “Asuntos de urgencia en materia de violencia familiar”. En el texto legislativo se advierte que debe tener una “tutela judicial urgente, con participación de la Fiscalía que es notificada para emitir su dictamen”.

“Quien se considere víctima de violencia familiar o conozca de un hecho de esa índole, puede solicitar ante el tribunal competente la tutela urgente a tal fin”, refiere el anteproyecto.

Entre los principales aspectos del anteproyecto del Código de las Familias se encuentran:

  1. Protege todas las expresiones de la diversidad familiar y el derecho de cada persona a constituir una familia en coherencia con la Constitución de la República y sus principios de igualdad, no discriminación y dignidad humana.
  2. Fortalece la responsabilidad familiar desde el punto de vista emocional, educacional, formativo y económico en la atención a sus miembros.
  3. Sitúa el amor, el afecto, la solidaridad y la responsabilidad en lo más alto de los valores familiares.
  4. Actualiza y perfecciona las instituciones jurídico familiares: a) el parentesco, b) la obligación de dar alimentos, c) el matrimonio,      d) la unión de hecho, e) la filiación cualquiera sea su origen, f) las relaciones parentales; y otras instituciones de guarda y protección.
  5. Potencia la igualdad de género en el espacio familiar.
  6. Amplía las variantes del régimen económico del matrimonio para lograr mayor autonomía de los cónyuges en la decisión más favorable a sus intereses.
  7. Protege la maternidad y la paternidad y la promoción de su desarrollo responsable en sinergia con el respeto a los derechos de niñas, niños y adolescentes en el ámbito familiar.
  8. Reconoce el derecho de abuelas, abuelos y otros parientes consanguíneos, afines y de otra naturaleza y de niños, niñas y adolescentes a una armónica y cercana comunicación entre ellos en el entorno familiar.
  9. Potencia la autodeterminación, preferencias y la igualdad de oportunidades en la vida familiar de las personas adultas mayores y aquellas en situación de discapacidad.
  10.  Expresa el derecho a una vida familiar libre de violencia en cualquiera de sus manifestaciones y presenta fórmulas protectoras frente a estas situaciones.
  11.  Desarrolla las posibilidades de solución armónica de conflictos.
  12.  Refuerza las fórmulas garantistas para personas en cualquier situación de desventaja o vulnerabilidad en el espacio familiar.
  13.  Brinda soluciones a los conflictos transnacionales que se deriven de las migraciones o de las relaciones entre personas cubanas y extranjeras.
  14.  Fortalece el papel de los Tribunales ante los litigios familiares; las competencias de la Fiscalía, la presencia de estos asuntos en el ámbito notarial y la responsabilidad del Ministerio de Justicia en la defensa y protección de las personas en situación de vulnerabilidad en el ámbito familiar.
  15.  Compatibiliza su contenido con los tratados internacionales en esta materia ratificados por la República de Cuba.
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