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¿Cuáles serán los salarios de los cubanos a partir del 2021?

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¿Cuáles serán los salarios de los cubanos a partir del 2021?

El salario escala estará gravado con un impuesto del 5% a la seguridad social y otro por concepto de ingresos personales

Como parte del “ordenamiento monetario” que entrará en vigor en enero de 2021, se estableció una reforma salarial dividida en 32 grupos según los estudios académicos y cargos que ocupa el trabajador estatal cubano. Ante esta complejidad, a continuación explicamos la pregunta que todos los cubanos se hacen ¿cuánto cobraré de salario a partir del 1ero de enero?

Según una resolución emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios y publicada en la Gaceta Oficial el salario mínimo y base de la escala salarial que tiene 32 niveles, será de 2.100 pesos cubanos (CUP). Las autoridades del gobierno argumentan que ese salario mínimo es suficiente para pagar la canasta básica de bienes y servicios de referencia que costará 1.528 CUP.

¿Cuáles serán los salarios de los cubanos a partir del 2021

El máximo salario será de 9.510 CUP para aquello que se ubiquen en el último grupo de la escala salarial. En todos los casos los trabajadores deben laborar entre 40 y 44 horas semanales.

Para identificar qué salario cobrará un cubano lo primero es identificar a qué grupo pertenece en dependencia de las categorías ocupacionales.

Grupos en los que se divide la escala salarial en Cuba

  • Los trabajadores del sector de los servicios se encuentran entre los grupos I y el VI
  • Las ocupaciones de trabajadores administrativos quedan entre los grupos del III al VII
  • Las ocupaciones de los operarios se incluyen en los grupos que van del II al VIII
  • Los que ocupen cargos técnicos estarán entre el grupo VII y el XXV
  • Los cargos de los cuadros están ubicados entre el grupo XVII hasta el XXXII

Salario correspondiente a cada grupo

  • Grupo I 2100-1910 CUP
  • Grupo II 2200-2000 CUP
  • Grupo III 2300-2090 CUP
  • Grupo IV 2420-2200 CUP
  • Grupo V 2540-2310 CUP
  • Grupo VI 2660-2415 CUP
  • Grupo VII 2810-2555 CUP
  • Grupo VIII 2960-2690 CUP
  • Grupo IX 3110-2825 CUP
  • Grupo X 3260-2965 CUP
  • Grupo XI 3410-3100 CUP
  • Grupo XII 3610-3280 CUP
  • Grupo XIII 3810-3465 CUP
  • Grupo XIV 4010-3645 CUP
  • Grupo XV 4210-3825 CUP
  • Grupo XVI 4410-4010 CUP
  • Grupo XVII 4610-4190 CUP
  • Grupo XVIII 4810-4375 CUP
  • Grupo XIX 5060-4600 CUP
  • Grupo XX 5310-4825 CUP
  • Grupo XXI 5560-5055 CUP
  • Grupo XXII 5810-5285 CUP
  • Grupo XXIII 6060-5510 CUP
  • Grupo XXIV 6310-5735 CUP
  • Grupo XXV 6610-6010 CUP
  • Grupo XXVI 6960-6325 CUP
  • Grupo XXVII 7310-6645 CUP
  • Grupo XXVIII 7660-6965 CUP
  • Grupo XXIX 8010-7285 CUP
  • Grupo XXX 8510-7735 CUP
  • Grupo XXXI 9010-8190 CUP
  • Grupo XXXII 9510-8645 CUP

Los salarios antes mencionados son una base mínima, es decir el trabajador puede seguir acumulando ingresos por otros conceptos como los grados científicos. Por ejemplo, si tiene la categoría de Máster o la Especialidad equivalente reconocida por el Ministerio de Educación Superior, recibirá 440 CUP adicionales cada mes.

En el caso de contar con el grado científico de Doctor percibirá 825 CUP. En ambos casos se hace un solo pago, sin importar cuántas maestrías o doctorados posea.

Por otra parte, cuando las empresas estatales generen utilidades al finalizar cada año, las mismas se pueden repartir entre los trabajadores de acuerdo a cómo lo estime cada empresa. Las utilidades de una empresa es aquel dinero que queda al hacer balance de los estados financieros y luego de haber pagado los impuestos del año.

En el caso de empresa estatal debe entregar al presupuesto del estado el 50% de esas utilidades, del resto queda para inversiones, reserva de emergencia y/o repartir a los trabajadores en forma de aguinaldo.

Sin embargo, hay otros pagos adicionales que se eliminan, ellos son:

  • por ocupar cargos técnicos;
  • por trabajar en los organismos globales;
  • del perfeccionamiento empresarial en las entidades autorizadas a aplicarlo;
  • por años de servicios para los que lo tienen autorizado;
  • por ocupar cargos de dirección en todos los niveles;
  • por coeficiente de interés económico social para los que lo tienen autorizado;
  • por idoneidad;
  • por retribución complementaria para los que lo tienen autorizado;
  • por la participación en proyectos de investigación;
  • por ocupar cargos de asesoría e inspección docente;
  • por nivel de calificación;
  • por trabajar en determinados sectores, actividad o cargo;
  • condicionados al cumplimiento de indicadores o los resultados de la evaluación del desempeño;
  • pagos por estimulación anual para los docentes;
  • otros pagos adicionales, no asociados a condiciones laborales anormales de trabajo.

En la nueva ley el pago de los tributos no varía en el porcentaje pues para todos será una obligatoriedad abonar el 5% de sus salarios a la Seguridad Social, mientras el otro impuesto gravado es el Impuesto sobre Ingresos Personales. Según la ley, los empleados en el sector empresarial y presupuestado pagarán el Impuesto sobre los Ingresos Personales cuando obtengan remuneraciones superiores a 3.260 CUP mensuales por todos los conceptos de pago.

Es decir, todos los que sean del Grupo X en adelante deberán pagar este impuesto en una cuantía del 3%. Aquellos que reciban más de 9.510 CUP tendrán que pagar un 5%. Los detalles para el cálculo de esos impuestos los puede consultar aquí. 

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