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Cuba autoriza la figura del traductor como trabajador privado

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Cuba autoriza la figura del traductor como trabajador privado

La norma jurídica llevaba más de 8 meses de discusión

El gobierno cubano, por medio de la Gaceta Oficial Ordinaria No.40 publicada el martes, autorizó con normas jurídicas la figura del traductor de idiomas como profesional que puede ejercer el trabajo por cuenta propia, aunque con limitantes.

Según el Decreto 365, que se estaba fraguando desde hace 8 meses, estos trabajadores “asumirán la atención de los servicios de traducción de documentos a la población”.

De igual forma, “podrán ser contratados por empresas cubanas y extranjeras, sociedades, asociaciones, organizaciones no gubernamentales, otros cuentapropistas, excepto por los Organismos de la Administración Central del Estado (OACE), que exclusivamente pueden tomar esos servicios de la agencia estatal Equipo de Servicios de Traductores e Intérpretes (ESTI).

Cuba autoriza la figura del traductor como trabajador privado. (Foto: Cubadebate)

La ESTI traduce anualmente más de 50.000 documentos para que surtan efecto en el exterior, como certificaciones de nacimientos, antecedentes penales, títulos, pasaportes, carné de identidad, relación de notas y poderes.

El documento normativo, que fue firmado por el presidente de la República y cuenta con la aprobación del Ministerio de Relaciones Exteriores (Minrex), entrará en vigor 120 días después de su publicación en Gaceta.

¿Cuáles son los requisitos para traductor por cuenta propia?

  • Los interesados deben ser mayores de 18 años, graduados de nivel superior, cubanos o extranjeros residentes permanentes en Cuba, así como no tener antecedentes penales.
  • La oficina de control y habilitación está ubicada en el ESTI (Calle 11, no. 514 entre D y E, Plaza de la Revolución, La Habana). Los interesados pueden dirigir sus consultas a habilitacion@esti.cu, al sitio web www.esti.cu o llamar a los teléfonos 78327586 al 89.
  • Se realiza una sola convocatoria anual, emitida por el Minrex.
  • El ESTI emite una resolución en la que se hace constar el lugar, fecha y hora de los exámenes.
  • Los tribunales son anónimos.
  • Los exámenes son de traducción del español al idioma extranjero y viceversa, así como un examen de interpretación.
  • Los aspirantes tienen derecho a revisión del examen y apelación.
  • El reconocimiento de los traductores certificados lo firma el Ministro de Relaciones Exteriores.
  • El ESTI entrega un cuño y un carné que habilita al interesado como traductor e intérprete certificado.

Por último, la Gaceta Oficial explica que “se creará el Sistema Nacional de Traducción e Interpretación, como un mecanismo de integración y control de la política estatal en el ámbito de las actividades de traducción e interpretación”, mismo que estará regido por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

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