
El Tribunal Constitucional de España comienza este lunes 19 de octubre a estudiar si admite a trámite el recurso presentado por el Defensor del Pueblo contra la suspensión cautelar del derecho al voto de 163.020 ciudadanos españoles residentes en el extranjero, nacionalizados mediante la Ley de Memoria Democrática, conocida como Ley de Nietos.
La controversia surge a menos de seis semanas de las elecciones generales del 29 de noviembre. El Tribunal Supremo confirmó el pasado 12 de octubre una medida que impide temporalmente votar a los afectados, salvo que acrediten ante las autoridades consulares que obtuvieron la nacionalidad sin acogerse a la presunción de exilio cuestionada judicialmente.
Según informó El País este lunes en su información sobre el recurso, el Constitucional deberá determinar primero si puede intervenir de inmediato o si todavía quedan vías judiciales ordinarias por agotar.
El Defensor del Pueblo pide recuperar el derecho al voto antes de las elecciones
El defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, presentó el recurso de amparo el viernes 16 de octubre y solicitó medidas cautelarísimas para dejar sin efecto la suspensión impuesta por el Supremo mientras se resuelve el conflicto.
La institución sostiene que la decisión judicial puede vulnerar los derechos fundamentales a la participación política, la igualdad y la tutela judicial efectiva. También cuestiona que se prive del sufragio a ciudadanos cuya nacionalidad española continúa legalmente reconocida.
Uno de los principales argumentos del recurso es la diferencia de trato entre los nacionalizados que residen en España, quienes conservan su derecho a votar, y aquellos que viven en otros países, sobre quienes recae la restricción.
El asunto ha sido asignado inicialmente al magistrado Enrique Arnaldo, que examinará la admisión junto a María Luisa Balaguer y Ramón Sáez. Si no existe unanimidad, la cuestión podría elevarse a la sala correspondiente. Tampoco se descarta que el pleno del Constitucional termine pronunciándose.
La decisión sobre la admisión y las medidas urgentes podría conocerse durante esta semana, aunque todavía no existe una resolución que garantice la restitución del sufragio.
¿Por qué el Tribunal Supremo suspendió el voto de los nacionalizados por la Ley de Nietos?
El origen de la disputa está en una instrucción del Ministerio de Justicia de 2022 que estableció una presunción de exilio para determinados españoles emigrados durante la Guerra Civil y la posguerra, facilitando el acceso a la nacionalidad de sus descendientes.
Vox e Iustitia Europa impugnaron actuaciones relacionadas con la aplicación de esa instrucción al censo electoral, argumentando que su interpretación podía extender los beneficios de la ley más allá de los requisitos aprobados por el legislador.
El Supremo considera necesario proteger la regularidad del censo mientras examina el fondo del procedimiento. Sin embargo, la controversia no equivale a una anulación general de las nacionalidades concedidas ni afecta automáticamente a todos los beneficiarios de la Ley de Memoria Democrática.
La suspensión también ha provocado dificultades procesales. El Supremo abrió un plazo de cinco días hábiles para que los afectados pudieran personarse y presentar alegaciones, un procedimiento especialmente complicado para quienes viven lejos de España.
En paralelo, una denuncia contra varios cónsules españoles por presuntas irregularidades en expedientes de la Ley de Nietos ha añadido otro frente de controversia. Esa denuncia constituye un procedimiento distinto y no demuestra que las nacionalidades de los afectados por la suspensión electoral sean irregulares.
¿Cómo afecta esta decisión a los cubanos con nacionalidad española?
La situación tiene especial relevancia para Cuba, donde miles de descendientes de españoles han solicitado la ciudadanía mediante la legislación de memoria democrática.
En septiembre de 2025 se conoció que el Consulado de España en La Habana había recibido más de 107.000 solicitudes durante el primer semestre de ese año, reflejo del elevado interés por esta vía de nacionalización.
No obstante, no se ha publicado un desglose que permita establecer cuántos de los 163.020 electores afectados residen actualmente en Cuba.
La controversia electoral tampoco modifica por sí misma los expedientes de quienes todavía esperan una resolución. Después del cierre del plazo para nuevas solicitudes en octubre de 2025, las oficinas consulares continuaron procesando las peticiones iniciadas dentro del período establecido.
De hecho, el Consulado de España advirtió sobre posibles demoras extraordinarias en la tramitación de expedientes, debido a la acumulación de solicitudes pendientes.
Asimismo, continúa sin resolverse otra discusión relacionada con la interpretación de los requisitos de nacionalidad para descendientes españoles de cuarta generación.
Para los cubanos que ya obtuvieron la ciudadanía española y están inscritos en el censo electoral exterior, el desenlace del recurso constitucional será especialmente importante si se encuentran entre los afectados por la suspensión.
Por ahora, el Constitucional no ha restablecido el derecho al voto. Su primera decisión deberá aclarar si admite la petición del Defensor del Pueblo y si procede adoptar una medida urgente antes de las elecciones del 29 de noviembre.