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Croquetas explosivas: ¿Cómo exigir a los responsables?

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Croquetas explosivas: ¿Cómo exigir a los responsables?

Ante la gran cantidad de personas damnificadas, Cuba Demanda insta a interponer «petición al Ministro de la Industria Alimentaria»

collage croquetas explosivas

Cuba Demanda emitió un comunicado para orientar cómo proceder y exigir responsabilidad ante lo ocurrido. (Foto: Raúl Rodríguez-Facebook)

Serias quemaduras han provocado las “croquetas explosivas” comercializadas en Cuba y producidas en las plantas del Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria (GEIA). La polémica en redes sociales fue grande, pero qué pasó con las víctimas.

¿Alguien se responsabilizó por lo ocurrido? ¿De qué manera se compensaron los daños? La Empresa Productora de Alimentos de Regla (Prodal) se limpió las manos al asegurar que no produjo las croquetas, lo que resultó raro para los consumidores porque antes los había culpado por mala manipulación.

“Se visitaron dos clientes, pues estos han sido los únicos identificados a partir de su nombre, teléfono, dirección y los establecimientos de ventas, constatándose que las croquetas no fueron producidas y comercializadas por Prodal”, aseguró la empresa en su cuenta oficial en Facebook.

La organización Cuba Demanda emitió un comunicado con el objetivo de orientar cómo proceder para exigir responsabilidad ante lo ocurrido.

“Todas las personas tienen derecho a consumir bienes y servicios de calidad y que no atenten contra su salud, y a acceder a información precisa y veraz sobre estos, así como a recibir un trato equitativo y digno de conformidad con la ley”, refiere citando a la Constitución de la Isla.

¿Cómo exigir a los responsables por las croquetas explosivas?

Aunque la mayor cantidad de víctimas por las croquetas explosivas se conoció en el mes de marzo, el problema venía desde hace mucho tiempo. Varios usuarios en redes sociales hicieron la denuncia.

Ante la gran cantidad de personas damnificadas, Cuba Demanda insta a los cubanos a “interpongan queja y petición al Ministro de la Industria Alimentaria para que declare ilícito el acto ejecutado por las entidades de GEIA participantes en la producción de croquetas”.

El comunicado explica que si “el Ministro de la Industria Alimentaria no responde o da respuesta insatisfactoria se interpone recurso de alzada, esto es: una suerte de repetición de la queja por inconformidad con el silencio o la respuesta ante el propio ministro”.

Cuando la situación persiste, “queda expedita la vía judicial para la reclamación por daños humanos, que puede efectuarse sin o con abogado si la cuantía de indemnización no excede o pasa de quinientos pesos”.

En ese caso, la víctima puede solicitar la cuantía de indemnización que considere, “ya que esta debe ser valorada libremente por el tribunal conforme al precedente sentado por la Sentencia 110, de 2 de noviembre de 1999, en el caso 88/99 sobre daños juzgado por la Sala Segunda de lo Civil y de lo Administrativo del Tribunal Provincial Popular de Ciudad de La Habana”.

“Cuba Demanda provee sin cargo los instrumentos jurídicos para queja y petición, recurso de alzada y demanda judicial”, cierra el comunicado.

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