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Regulan salida del país a los cubanos deudores de la ONAT

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Regulan salida del país a los cubanos deudores de la ONAT

El organismo tributario firmó un convenio con el Minint para circular a los que no paguen impuestos

Regulan salida del país a los cubanos deudores de la ONAT

Desde la entrada en vigor del convenio ONAT-Minint se les ha impedido salir del país a 600 cubanos. (Foto: Periódico Cubano)

El gobierno castrista implementó un programa donde se regula la salida del país a los cubanos deudores de impuestos. Mediante un convenio entre la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) y la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) del Ministerio del Interior (Minint), el organismo de recaudación tributaria le pasa los nombres de los deudores para que no los dejen salir del país cuando se presenten en los aeropuertos para abordar un vuelo.

La nueva categoría de regulados, que por años se ha utilizado para mantener cautivos a los opositores políticos, médicos y otros profesionales, ahora se extiende a cualquier cubano que le deba algo a la ONAT. El régimen está sediento de dinero y sobre esa lógica actúa, pues presupone que todo el que viaja al exterior no regresará a Cuba.

Yudith Navarro Ricardo, a cargo del departamento de cobranza de la ONAT, aclaró que desde la entrada en vigor del convenio se les ha limitado la salida del país a unos 600 contribuyentes. La retirada de la “lista negra” no se produce hasta que la persona no haya pagado hasta el último centavo que debe.

Hasta el momento se desconoce cuál es el monto de adeudo que activa las alarmas de la ONAT para dar el “pitazo” al Minint y que se restringa la salida de los ciudadanos. De acuerdo con Navarro Ricardo, el mecanismo se activa cuando hay “adeudos significativos”.

La funcionaria recalcó que la decisión gubernamental está amparada en la Ley No.113 del Sistema Tributario. Dicha ley otorga a la ONAT la facultad de sancionar a aquellos que incumplen con sus obligaciones fiscales. Las sanciones van desde recargos y multas hasta medidas más drásticas como el embargo de cuentas bancarias, cierre de establecimientos y retiro de incentivos fiscales.

En caso extremo de que un contribuyente se niegue a pagar, la ONAT tiene el poder de acusar al individuo por el delito de evasión fiscal, que conlleva penas que incluyen multas y privación de libertad. Sin embargo, todo lo debe decidir un tribunal, y en ningún caso dos instituciones (ONAT y Minint) deberían ponerse de acuerdo para coartar la libertad de movimiento de los individuos.

Sobre el tema, el empresario Manuel Milanés argumentó que “el nivel de doctrina que tenemos nos hace aceptar que cualquier cosa que ellos digan está bien, y no está bien. El derecho a la libre circulación es un derecho a la libertad: libertad de expresión, libertad de movimiento, libertad de emprendimiento. Todo eso es libertad. Cuando se habla del derecho natural a la libertad, también se refiere al derecho de moverse dentro y fuera del país”.

El economista advierte a los cubanoamericanos que están muy entusiasmados con regresar a la Isla y poner un negocio. “Te fuiste para Cuba, abriste una Mipyme, te repatriaste. Pero, cuando le dé la gana a la tiranía, tú no sales de Cuba. Cuando quieran, tú no viajas, porque la ONAT puede decir que le debes dinero”.

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